El acceso a la residencia en el Principado de Andorra ha cambiado de forma sustancial en 2026. Con la entrada en vigor de la Ley 2/2026, conocida como Òmnibus 2, el depósito de 50.000 euros que se exigía a los residentes por cuenta propia y a los residentes pasivos ha dejado de ser una fianza recuperable para convertirse en una aportación definitiva a fondo perdido, a la que se suman 12.000 euros no reembolsables por cada persona a cargo en la residencia pasiva.

Frente a este endurecimiento, la residencia para nómadas digitales (permiso D.3), creada por la Ley 42/2022 de economía digital, emprendimiento e innovación, mantiene intacta su principal ventaja: el solicitante queda exento de la aportación de 50.000 euros. En este artículo analizamos quién puede acogerse a ella, qué exige la Administración en 2026, cuánto cuesta y qué riesgos conviene anticipar.

Qué ha cambiado con la Ley 2/2026 (Òmnibus 2)
Aprobada por el Consell General el 22 de enero de 2026 y en vigor desde el 13 de febrero, la Ley Òmnibus 2 responde al objetivo de sustituir el crecimiento demográfico por volumen por un filtro cualitativo que proteja la vivienda y los servicios públicos. Sus efectos sobre las principales vías de residencia son tres:

  • La aportación de 50.000 euros ante la Autoritat Financera Andorrana (AFA) pasa a ser no reembolsable, salvo denegación de la autorización inicial, tanto en la residencia por cuenta propia como en la residencia pasiva.

  • La inversión mínima de la residencia pasiva se eleva a 1.000.000 de euros en activos andorranos, con 12.000 euros a fondo perdido adicionales por cada persona a cargo.

  • Quien constituye una sociedad debe acreditar una participación significativa, funciones reales de administración y actividad económica efectiva.

La propia ley exceptúa a los proyectos de economía digital, emprendimiento e innovación con resolución favorable del Ministerio de Economía. Ese es el encaje jurídico del nómada digital: una política deliberada para atraer talento y no una laguna legal.

Quién puede solicitar el permiso de nómada digital (D.3)
La Ley 42/2022 define al nómada digital como la persona que no necesita una ubicación geográfica concreta para desarrollar su trabajo y que lo ejecuta mediante tecnologías de la información y las telecomunicaciones. En la práctica, el Ministerio de Economía admite tres perfiles:

  • Trabajadores por cuenta ajena con contrato vigente con una empresa establecida fuera de Andorra que les permite trabajar íntegramente en remoto.

  • Profesionales por cuenta propia (consultores, desarrolladores, diseñadores, creadores de contenido) cuyos clientes son personas o empresas no residentes en el Principado.

  • Administradores o socios de sociedades extranjeras que dirigen su actividad a distancia desde Andorra.

Frente a ello, son dos los matices que deciden muchos expedientes. Por una parte, el mercado debe ser estrictamente internacional, ya que facturar a una empresa andorrana activa la aportación de 50.000 euros. Por otra parte, el permiso ampara una actividad profesional activa, por lo que vivir de dividendos, alquileres o de la gestión del propio patrimonio será redirigido a la residencia pasiva.

Requisitos y procedimiento en 2026
El procedimiento compelto se desarrolla en dos fases ante dos ministerios. En la primera, el Ministerio de Economía evalúa la declaración jurada y la memoria técnica que describe los servicios, los clientes internacionales y las herramientas empleadas. Las descripciones genéricas se deniegan de forma rutinaria y el silencio administrativo se entiende negativo. Solo con la resolución favorable se abre la segunda fase ante el Servicio de Inmigración, que exige:

  • Pasaporte en vigor y certificado de antecedentes penales del país de origen y de residencia, apostillado y, en su caso, traducido por traductor jurado.

  • Acreditación de medios económicos suficientes para el titular y las personas a su cargo.

  • Seguro privado de enfermedad e incapacidad con cobertura en Andorra: el nómada digital no cotiza a la CASS.

  • Título de propiedad o contrato de alquiler de una vivienda en el Principado.

  • Compromiso de residir en Andorra un mínimo de 90 días por año natural.

  • Revisión médica y tasa oficial de 224,61 euros.

El plazo máximo de resolución es de dos meses y la autorización inicial dura dos años. A su vez, la primera renovación añade dos, la segunda tres y, a partir de la tercera, se renueva por periodos de diez años. En concreto, la decisión sobre la mayoría de los expedientes pasa por la memoria técnica y la legalización documental. Por ello, una apostilla caducada o un seguro insuficiente devuelven la solicitud al punto de partida y, con cuotas que se agotan, pueden costar un año.

Ingresos mínimos, cuotas y costes
En cuanto a los ingresos necesarios, la exención de los 50.000 euros no elimina el filtro económico, sino que lo sustituye por una exigencia de solvencia recurrente. Es decir que la Administración toma como referencia el criterio de las residencias sin actividad lucrativa, el 300 % del salario mínimo (SMI) para el titular y un 100 % adicional por cada persona a cargo. Con el SMI fijado en 1.525,33 euros desde enero de 2026 y elevado de forma extraordinaria a 1.568,67 euros desde el 1 de julio, los umbrales de referencia son los siguientes:

  • Titular solo: 4.706 euros mensuales, unos 56.500 euros anuales.

  • Titular con una persona a cargo: 6.275 euros mensuales, unos 75.300 euros anuales.

  • Titular con dos personas a cargo: 7.843 euros mensuales, unos 94.100 euros anuales.

Con estos números, el coste oficial directo se limita a la tasa de 224,61 euros más apostillas, traducciones y seguro, frente a los 50.000 euros no recuperables de la residencia por cuenta propia o el millón inmovilizado de la pasiva. A ello se añade la escasez de plazas: las cuotas aprobadas por el Govern han sido de 100 autorizaciones, 50 para nómadas digitales y 50 para el programa de emprendedores, y se agotan.

Fiscalidad: los 90 días no son los 183
El atractivo fiscal andorrano es especialmente conocido por su IRPF con tipo máximo del 10 %, la ausencia del impuesto sobre el patrimonio o sucesiones, por un Impuesto de Sociedades al 10 % y con dividendos de sociedades andorranas exentos para el socio residente. De aquí surge el error más frecuente entre los nómadas digitales, que es confundir la residencia administrativa con la residencia fiscal.

De acuerdo con la legislación, los 90 días anuales mantienen vivo el permiso ante Inmigración, pero no convierten a nadie en contribuyente andorrano. Para tributar en Andorra hay que permanecer más de 183 días en el año natural o situar en el Principado el centro de intereses económicos y vitales. Además, es posible consultar el Convenio de Doble Imposición con España el cual resuelve los conflictos con las reglas de desempate de su artículo 4. Según él, quien pase 90 días en Andorra y mantenga familia y consumos en España será residente fiscal español para la AEAT y tributará por su renta mundial a tipos de hasta el 4 %.

Catalán, familia y vivienda: la letra pequeña
El cuadro de la residencia se completa con tres puntos más. En primer lugar, la Ley 6/2024 de la lengua propia y oficial exige, desde el 26 de abril de 2026, el nivel A1 de catalán en la primera renovación y el A2 en la segunda. Con una autorización inicial de dos años, quien llegue hoy al país deberá acreditar el A1 en 2028. Sobre esto, debe decirse que el Govern ofrece formación gratuita en catalán.

El segundo lugar lo ocupa la familia con la posibildad del reagrupamiento del cónyuge y los hijos. Esto puede solicitarse tras tres meses de residencia legal, acreditando ingresos adicionales indexados al SMI y una vivienda con cédula de habitabilidad suficiente.

Finalmente, en lo que respecta a la vivienda, la Ley 2/2026 y el Decreto 58/2026 han duplicado el Impuesto sobre la Inversión Extranjera Inmobiliaria (6 % en la primera vivienda y 10 % en las siguientes) y lo aplican también a los residentes con menos de tres años de residencia efectiva. Por este motivo, alquilar suele ser la decisión racional hasta consolidar la residencia.

Ventajas e inconvenientes para el profesional interesado
Entre las ventajas de la residencia para nómadas digitales destacan:

  • Exención de la aportación de 50.000 euros a fondo perdido y ausencia de inversión mínima.

  • Sin obligación de cotizar a la CASS; basta un seguro privado.

  • Permanencia mínima de 90 días, la más flexible de todas las residencias andorranas, y reagrupamiento familiar a los tres meses.

  • Acceso, con traslado real, a un IRPF máximo del 10 % y a la exención de dividendos.

Entre los inconvenientes y riesgos que conviene anticipar:

  • Un filtro exigente del Ministerio de Economía y cuotas de 50 plazas que se agotan.

  • Un umbral de ingresos elevado, en torno a 56.500 euros anuales para el titular.

  • La imposibilidad de facturar a clientes andorranos y la confusión entre los 90 días migratorios y los 183 días fiscales.

  • El requisito de catalán A1 y A2 en las renovaciones y el IEI del 6 % si se compra vivienda en los tres primeros años.

La Òmnibus 2 ha encarecido de forma definitiva el acceso a Andorra para el empresario y el inversor pasivo, y ha dejado intacta la vía del talento digital. Para un consultor, un desarrollador, un directivo remoto o un creador con ingresos internacionales estables, el permiso D.3 es hoy la forma más eficiente de establecerse en el Principado, siempre que el expediente sea impecable, los ingresos acreditables y el traslado fiscal genuino.

Es, en todo caso, un procedimiento con dos ministerios, cuotas limitadas y una normativa que ha cambiado tres veces en dos años. Por ello, intentarlo sin un especialista corre el riesgo de perder una plaza y un año. En Andorra Gestoría preparamos la memoria técnica y la declaración jurada, legalizamos la documentación, planificamos la residencia fiscal frente al país de origen y acompañamos al cliente en las renovaciones y, cuando el proyecto crece, en la constitución de su sociedad andorrana.

En Andorra Gestoría entendemos claramente que cualquier decisión de residencia y fiscalidad debe ser gestionada por profesionales especializados en inmigración y fiscalidad internacional, que protejan a nuestros clientes ante cualquier eventualidad.

Contacte con nosotros y un miembro de nuestro equipo analizará su caso de la manera más adecuada a sus intereses, siempre respetando nuestras cláusulas de confidencialidad.